Los camiones de más de cierta MMA (habitualmente 7.500 kg) tienen restringida la circulación en determinadas vías durante fines de semana, festivos y periodos de operación especial (por ejemplo, los sábados, domingos y festivos en franjas horarias fijadas por la DGT), salvo excepciones para mercancías perecederas u otros supuestos regulados.
Los camiones de más de 3.500 kg de MMA deben llevar instalado un limitador de velocidad, que impide superar los 90 km/h, con independencia del límite de la vía.
En autopistas y autovías de más de un carril por sentido, los vehículos de más de 3.500 kg de MMA (o con remolque) deben mantener una distancia mínima de 50 metros con el vehículo que les precede, salvo maniobra de adelantamiento.
Los vehículos de transporte de mercancías pasan la ITV con mayor frecuencia que los turismos: anualmente a partir de cierta antigüedad, dada su mayor exposición y kilometraje.
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