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Comentario de texto histórico resuelto

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Comentario de texto histórico resuelto

En la prueba de acceso a la universidad (EBAU/EvAU/PAU) de Historia de España es habitual comentar una fuente primaria. En esta lección verás el método completo aplicado a un texto real y muy frecuente en el examen: los primeros artículos de la Constitución de 1812, promulgada en Cádiz el 19 de marzo de 1812.

El método en cuatro pasos

Errores frecuentes: parafrasear el texto sin explicarlo, convertir el contexto en un tema memorizado, y no citar el texto en el análisis.

Texto

«Art. 1. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.

Art. 2. La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.

Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.

Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra.

Art. 14. El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria.

Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.

Art. 16. La potestad de ejecutar las leyes reside en el Rey.

Art. 17. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los tribunales establecidos por la ley.»

Constitución política de la Monarquía española, Cádiz, 19 de marzo de 1812.

Modelo de comentario

1. Clasificación

Es un texto jurídico-político y una fuente primaria: se trata de varios artículos de una constitución. Su autor es colectivo: las Cortes Generales y Extraordinarias reunidas en Cádiz, con diputados de la península y de América. El destinatario es la nación entera, pues una constitución obliga a todos los ciudadanos y al propio rey. Se promulgó el 19 de marzo de 1812, festividad de San José, por lo que se la conoce popularmente como «La Pepa». Su finalidad es organizar el Estado sobre principios liberales y acabar con el absolutismo del Antiguo Régimen.

2. Contexto histórico

En 1808 Napoleón obligó a Carlos IV y a Fernando VII a renunciar a la corona en Bayona y la entregó a su hermano José Bonaparte. El levantamiento del 2 de mayo dio inicio a la Guerra de la Independencia (1808-1814). Ante el vacío de poder surgieron las Juntas, que se coordinaron en una Junta Central y después en un Consejo de Regencia. Este convocó Cortes, que se reunieron desde septiembre de 1810 en la Isla de León y, desde febrero de 1811, en Cádiz, ciudad protegida por la flota británica y no ocupada por los franceses. En ellas predominaron los diputados liberales, frente a los absolutistas y a los llamados jovellanistas, partidarios de reformas moderadas.

3. Análisis

La idea principal es que la soberanía pertenece a la Nación y no al rey: «La soberanía reside esencialmente en la Nación» (art. 3). Es la ruptura con el absolutismo, en el que el monarca recibía su poder de Dios.

Las ideas secundarias son:

4. Valoración

La Constitución de 1812 es la primera constitución española elaborada por una asamblea representativa (el Estatuto de Bayona de 1808 había sido una carta otorgada por José I). Junto con los decretos de las Cortes, como la abolición de los señoríos jurisdiccionales y la supresión de la Inquisición, desmontó jurídicamente el Antiguo Régimen. Tuvo poca vigencia: Fernando VII la derogó en 1814; volvió a estar en vigor durante el Trienio Liberal (1820-1823) y brevemente en 1836-1837. Aun así, se convirtió en el símbolo del liberalismo español e influyó en Portugal, en el reino de Nápoles y en varias repúblicas hispanoamericanas. Su principio de soberanía nacional reaparecerá en las constituciones progresistas y democráticas posteriores, como las de 1837, 1869 y 1931.

Ejemplo resuelto: cómo citar en el análisis

Mal: «El texto dice que la soberanía reside en la Nación». Eso solo repite el texto.

Bien: «El artículo 3 establece que la soberanía "reside esencialmente en la Nación", lo que supone negar el origen divino del poder real propio del absolutismo y convertir a las Cortes, representantes de la nación, en el órgano que elabora las leyes fundamentales».

Ejercicios

¿Cómo se clasifica correctamente este texto?

¿Qué principio del artículo 3 supone la ruptura con el absolutismo?

Según el artículo 15, ¿a quién corresponde la potestad de hacer las leyes?

¿Por qué se reunieron las Cortes en Cádiz?

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