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Navegación a vela: rumbos, maniobras y regla 12

La vela como atribución complementaria

El PER con sus atribuciones básicas solo permite gobernar embarcaciones a motor. Para llevar un velero hay que hacer las prácticas reglamentarias de navegación a vela del anexo V del Real Decreto 875/2014: 16 horas en régimen de singladura (o 32 horas en total si se combinan con las prácticas básicas). Se hacen una sola vez y valen para cualquier título. Con ellas, el PER añade vela hasta 15 m en 12 millas y entre islas; con las prácticas de travesía del anexo VI, hasta 24 m y entre la Península y Baleares. El examen teórico es el mismo.

El anexo V reparte el tiempo en ocho bloques de 2 horas: teoría de la navegación a vela, elementos del barco (jarcia, velas, acastillaje), aparejar y maniobra básica, equilibrio vélico y trimado, virada y trasluchada, maniobras avanzadas (fachear, fondear y salir a vela), seguridad (hombre al agua a vela, rizos) y riesgos habituales.

En esta lección

  • La vela como atribución complementaria
  • Partes del aparejo
  • Rumbos respecto al viento
  • Orzar, arribar, virar y trasluchar
  • Equilibrio vélico
  • El velero ante el Reglamento
  • Seguridad específica a vela

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